Con motivo del 30 aniversario del
final de la guerra, Franco decretó prescritos todos los delitos cometidos con
anterioridad al 1 de abril de 1937.
“Extinguida por prescripción la acción para promover su investigación y
castigo, no se incoará a partir de la publicación de este decreto-ley ningún
proceso por delitos anteriores a las fechas señaladas; se procederá
inmediatamente al sobreseimiento y archivo de los procedimientos en que no haya
recaído aún sentencia firme, sin que puedan abrirse tos (sic) archivados por rebeldía de los procesados,
y quedarán sin efecto todas las medidas procesales derivadas de la misma”.
Este
decreto-ley puede ser considerado como una amnistía, pero Franco no utilizó
nunca esta expresión que podía indicar que los delitos eran olvidados.
Pretendía ser una muestra de su “generosidad” para que volviesen los refugiados
y eliminar la oposición exterior.
¿Cuántos portugalujos se acogieron a este
decreto-ley para volver? Esta es la página en blanco que está por escribir.
Muchos ya se habían instalado con su familia y su trabajo en los países donde
fueron acogidos. Algunos volvieron de vacaciones o de visita. Otros nunca.
¿Cuántos para quedarse? No había recibimientos oficiales ni salían en la
prensa.
Sólo tengo datos de dos, pero en
fechas diferentes a la del decreto-ley. Gaspar Bilbao Bilbao, después de
combatir en el batallón “Gernika” en la resistencia francesa contra los
alemanes se fue a Venezuela, se casó y volvió a finales de 1962 tuberculoso
para morir aquí en marzo de 1963. En la fotografía es el segundo por la
izquierda.
Félix Apaolaza Peña, del que
hablé en mi último libro, volvió en 1985 después de su aventurero exilio.
Esta página del blog queda
abierta para que todos sus usuarios puedan participar añadiendo más nombres.
Eskerrik asko.
Tasio Munarriz
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