Dentro de estas entradas
tendentes a recordar la historia jarrillera en femenino, no podemos olvidar el
tema de la violencia sufrida a través de los siglos, por lo que traemos el
ejemplo de la violación de una muchacha en el siglo XVII.
La historia nos tiene que
servir para comprender y combatir mejor las desigualdades que soporta todavía
la mujer en el siglo XXI. Nos lo cuenta Roberto
Hernandez Gallejones en uno de sus múltiples artículos entresacados de los
archivos municipales con el título de Un
caso de violación en Portugalete en 1662, un testimonio muy expresivo de
las costumbres de la época en relación a los delitos de carácter sexual, de
cómo estaban éstos tipificados por las leyes de dicho período histórico, y de la obligación que tenían estos
delincuentes de casarse con sus víctimas.
La victima una joven de 18
años, María Saez, hija de María de Inojeda, viuda de Diego de Cotillo, que residía
en la calle de la Barrera en casa de su tío el licenciado Pedro de Cotillo,
cura y beneficiado en la Iglesia Parroquial de Santa María de Portugalete, y
Vicario de la Villa y su partido “a quien le servía honestamente”.
El agresor, un joven de 16 años
Francisco de Villar, de San Julián de Músques, también pariente del cura, que
había venido a estudiar gramática en la Villa y llevaba unos meses residiendo
en la misma casa.
Los testigos dejan claro que
tanto la chica como su madre son mujeres “honestas y recojidas, de buena vida,
reputación y fama, hijasdalgo notorias, vizcaínas originarias, de todo buen
proceder...” y que el hecho se había producido hacia las 6 de la mañana de un
día de setiembre cuando el cura se encontraba ausente, y la criada había ido a
comprar a las carnicerías, el joven se metió en la habitación de la joven y se
produjo la agresión.
Su madre que oyó los gritos
de su hija pues vivía en la casa pegante testificó que acudiendo de inmediato y
“llegada que fue al cuarto della la vio desnuda con el dicho Francisco de
Villar, desnudo ansi bien, y dando voces diciendo que la había desflorado, y
quitado su virginidad, y limpieza, sin haberse podido valer por estar sola y
desnuda...”.
Ante otras vecinas que
también acudieron la muchacha contó afligida y llorando que la habían forzado,
“y quitado su virginidad”, sin que hubiera podido resistirse. A todo esto, en
ese instante el acusado salía por la puerta del aposento, después de haberse
vestido, y notablemente avergonzado por el delito que había perpetrado siendo
posteriormente detenido y encarcelado por el alguacil.
En el juicio que se
desarrolló en el mes de enero siguiente, cuando ya se sabía que la muchacha
estaba embarazada, aparecen distintos testigos, declarando también el acusado quien
aseguró que la joven era honesta y recatada, y que él “la solicitó diversas
veces” y por no haber podido gozarla esperó a que el párroco se encontrase
fuera del pueblo, afirmando claramente que la había forzado contra su voluntad.
En declaración posterior
fechada el 30 de junio de 1663 cambia su declaración alegando que había sido
obligada ya que le habían dicho que si narraba los hechos de esa forma le
sacarían de la cárcel. Ahora declaraba que no la había obligado en absoluto a
hacer el amor con él y que se habían dado mutuamente palabra de casamiento,
“conque copulamos...”.
Por tanto, suplicó poder
casarse con la muchacha, cuando obtuviese la dispensa papal, ya que eran
parientes en cuarto grado y que “en el ínterin se me quiten las prisiones en
que estoy de cepo y cadena, hasta tanto que venga la dispensa, estaré en la
cárcel preso sin que haga fuga della en ningún tiempo hasta casarme con la
dicha María Saiz de Cotillo...”.
Contra estas declaraciones
se manifestó, rebelándose, la madre de la chica, solicitando la condena a
muerte, y percibir una indemnización de 4.000 ducados, apelando al Corregidor,
eligiendo como abogado a Juan de Barraincua, letrado de la Audiencia del
Corregimiento. Lamentablemente no podemos conocer el final de esta historia, ya
que el documento se interrumpe aquí por hallarse incompleto, pero ya vemos que
la solución era casar a la chica con su violador.
"La solución era casar a la chica con su violador" o "pena de muerte e indemnización" falta decir al autor del artículo. Lo que está claro es que no se contemplaba un termino intermedio. Era el modo de "restablecer la honra": matrimonio con el presunto violador en caso de que fuera cierto lo de las promesas mutuas de matrimonio o muerte en caso de violación.
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