martes, 11 de marzo de 2014

PRESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS DE LA GUERRA. UNA PÁGINA EN BLANCO.


 Con motivo del 30 aniversario del final de la guerra, Franco decretó prescritos todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1937.

“Extinguida por prescripción la acción para promover su investigación y castigo, no se incoará a partir de la publicación de este decreto-ley ningún proceso por delitos anteriores a las fechas señaladas; se procederá inmediatamente al sobreseimiento y archivo de los procedimientos en que no haya recaído aún sentencia firme, sin que puedan abrirse tos (sic) archivados por rebeldía de los procesados, y quedarán sin efecto todas las medidas procesales derivadas de la misma”.

Este decreto-ley puede ser considerado como una amnistía, pero Franco no utilizó nunca esta expresión que podía indicar que los delitos eran olvidados. Pretendía ser una muestra de su “generosidad” para que volviesen los refugiados y eliminar la oposición exterior.
 ¿Cuántos portugalujos se acogieron a este decreto-ley para volver? Esta es la página en blanco que está por escribir. Muchos ya se habían instalado con su familia y su trabajo en los países donde fueron acogidos. Algunos volvieron de vacaciones o de visita. Otros nunca. ¿Cuántos para quedarse? No había recibimientos oficiales ni salían en la prensa.
Sólo tengo datos de dos, pero en fechas diferentes a la del decreto-ley. Gaspar Bilbao Bilbao, después de combatir en el batallón “Gernika” en la resistencia francesa contra los alemanes se fue a Venezuela, se casó y volvió a finales de 1962 tuberculoso para morir aquí en marzo de 1963. En la fotografía es el segundo por la izquierda. 
Félix Apaolaza Peña, del que hablé en mi último libro, volvió en 1985 después de su aventurero exilio.

Esta página del blog queda abierta para que todos sus usuarios puedan participar añadiendo más nombres. Eskerrik asko.

Tasio Munarriz

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