Esta entrada se
refiere exclusivamente a las mujeres que sufrieron las consecuencias de haber
perdido la guerra. Las que se apuntaron al bando vencedor (carlistas,
falangistas, monárquicas, etc.) se aprovecharon de la nueva situación para
medrar socialmente afiliándose a la Sección Femenina de Falange Española
Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET-JONS).
Además de las
mujeres que fueron reprimidas directamente con cárceles y depuraciones, otras
muchas padecieron las consecuencias de la represión sobre sus maridos, padres o
hijos fusilados, presos, depurados negativamente, etc. Hay que tener en cuenta
que la mayoría de las esposas de aquella época no tenían más profesión que “sus
labores” y dependían económicamente de sus maridos para mantener a la familia.
De los
listados que hemos confeccionado tras nuestra investigación contabilizamos que
fueron juzgadas 51 portugalujas, de las que encarcelaron a 17 en las cárceles
de Larrinaga, chalet Orue (Bilbao), Amorebieta, Durango, Saturrarán, Vitoria, y
“Salesianos” de Santander.
La depuración
de comerciantes afectó a 9 mujeres a las que se les prohibió abrir o reabrir su
comercio. Motivos: No acreditar su adhesión al Glorioso Movimiento Nacional y/o
haber evacuado. Al final a cinco de estas mujeres se les permitió la apertura
de su comercio
La depuración
de maestras afectó a tres que ejercían en Portugalete. Motivos: Ser
izquierdistas. A María Teresa Lucarini se le añadió el delito de no llevar
medias en la escuela. El castigo fue el traslado fuera de las provincias
limítrofes y/o la inhabilitación para cargos directivo. Otras dos maestras
portugalujas, que no ejercían en la villa, fueron expulsadas definitivamente.
Se les readmitió en los años 70.
En la
incautación de bienes, encontramos 25 expedientes a vecinas de Portugalete, con
14 sanciones. Como muestra, 100.000 pesetas de sanción a Miren Vicuña Hormaza
en marzo de 1941.
Según la ley
de responsabilidades políticas fueron juzgadas 39 portugalujas, aunque la
mayoría fueron absueltas por pagar la sanción, por insolvencia, sobreseimiento
o archivo del expediente. Una muestra es la de Eloisa Hormaza Calvo que tuvo
que pagar 100.000 pesetas en marzo de 1941 para recuperar la libre disposición
de sus bienes.
TASIO
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